Tras la polémica campaña sobre drogas en un festival del municipio bonaerense de Morón, el abogado tucumano Amancio Lucio Petray presentó en la Justicia Federal una denuncia penal contra el intendente Lucas Ghi, al considerar que con esta iniciativa se indujo al consumo de estupefacientes.

El abogado apunta contra el funcionario público, considerando que el festival  estuvo organizado por la Municipalidad de Morón y fue transmitido por los medios nacionales. Allí, bajo la “la teoría de reducción de daños al consumo” que implicaría no criminalizar el hecho, según los organizadores, se repartieron folletos que generaron ciertos cuestionamientos.

Petray señala como una “torpeza” la realización de la campaña que, en panfletos escritos, decía: “Porro prensado, mejor flores, conseguirlo por fuentes confiables; cocaína-pastillas anda despacio y de a poco; toma poquito para ver cómo reacciona tu cuerpo; si te detienen tienes derecho a un abogado”.

“Con esta campaña publicitaria no se está desaconsejando consumir, si no que le está diciendo a toda la juventud del país ‘como hacerlo o como iniciarse’ en el consumo. El mensaje no es eficiente ni veraz, si no que desde el punto de vista comunicacional es delictivo”, expresa el abogado en su denuncia.

Por este hecho, que Petray considera delictivo, se valió en varios artículos del Código Penal, como por ejemplo el 211, que expresa: “Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos.”

Además dice que la conducta asumida por Ghi está tipificada y prohibida por la Ley de Estupefacientes Nº 23.757. Esa misma norma manifiesta que “el que públicamente imparta instrucciones a cerca de la producción, fabricación, elaboración o el uso de estupefacientes, será reprimido con prisión de 8 años. En la misma pena incurrirá quien por medios masivos de comunicación social explique en detalle el modo de emplear como estupefaciente, cualquier elemento de uso libre.”

También el artículo expresa: “Será reprimido a prisión de 2 a 6 años e inhabilitación especial de 4 a 8 años, el funcionario público dependiente de la autoridad sanitaria con responsabilidad funcional sobre control de la comercialización de estupefacientes, que no ejecutare los deberes impuestos por las leyes y reglamentos a su cargo u omitiere cumplir las órdenes que en consecuencia de aquellos, le impartieran su superiores jerárquicos.”

Por todo esto, el abogado presentó una denuncia penal y espera que la Justicia indague al intendente de Morón.